Noción y concepto de teoría y técnica legislativa
En la sociedad moderna,
todas las funciones socialmente importantes son ejecutadas por técnicos
altamente especializados, sin embargo no ocurre lo mismo con la función de
legislar, a pesar de su gran importancia en la vida social. No hay
especialistas o técnicos en legislación, porque no hay centros académicos
destinados a prepararlos, ya que no hay un sistema doctrinal que se encargue de
analizar de manera especializada en los problemas que plantea la legislación y
la forma de resolverlos.
La teoría legislativa es la
disciplina que se encarga del planeamiento, redacción y evaluación de las
normas jurídicas, es decir, del proceso de producción de las leyes. Mientras que la
técnica legislativa se define como: “la disciplina auxiliar de la Teoría Legislativa, que tiene como
finalidad contribuir a la mejor realización y elaboración de todos los textos
jurídicos, entre ellos los de producción legislativa”
Antecedentes
A partir de la promulgación de la Constitución de 1917, y con mayor énfasis desde 1929 con el surgimiento del hasta hace poco “partido hegemónico”, los estudios sobre el papel y funciones del Congreso mexicano no han sido muy abundantes. Esta falta de interés no solamente se ha dado en los politólogos, sino también dentro del área de estudios estrictamente jurídica.
Los pocos trabajos que han examinado las tareas del Congreso lo han hecho más en relación con el producto final de dichas labores (estudiando las leyes que se dictaban), que sobre la “forma” en que se realizaban. En este contexto, es evidente que los estudios de técnica legislativa han estado prácticamente ausentes de las preocupaciones de la doctrina nacional.
Sin embargo, este panorama sombrío parece estar cambiando en los últimos años. Existen varios datos que permiten advertir un renacimiento de los estudios sobre derecho parlamentario y sobre las funciones legislativas.
Este renacimiento ha ido de la mano con el mayor peso específico que tienen hoy en día las Cámaras dentro de la división de poderes del Estado mexicano.
En los tiempos del partido hegemónico se produjo una postración casi vergonzosa del Legislativo hacia el Ejecutivo. Eran los tiempos del "hiperpresidencialismo". Las Cámaras actuaban más bien como órganos de ratificación y legitimación de las iniciativas presidenciales. A pesar de las reformas de 1977, 1986 y 1996, apenas en 1997 el partido del presidente de la república pierde la mayoría absoluta en una de las Cámaras del Congreso. A partir de ese momento los diputados empiezan a tomar plena conciencia de las posibilidades que tienen para ejercer controles de todo tipo sobre el Ejecutivo. Es entonces cuando se observa un número creciente de iniciativas a cargo de los propios diputados (sobre todo los de oposición) y un debate parlamentario mucho más presuroso y responsable.
Situación Actual
En los últimos años hay una tendencia creciente hacia la profesionalización de las tareas y al dictado de normas relacionadas con la formación de las leyes. Lo que se ha dado en llamar ciencia de la legislación ha comenzado a suscitar el interés de los estudiosos del derecho, en particular de los procedentes de la filosofía jurídica, aun cuando el asunto está atrayendo la atención de juristas pertenecientes a prácticamente todas las ramas de la dogmática.
La revitalización de la ciencia de la legislación se conecta hoy día a la constatación de la falta de calidad o racionalidad de las leyes. El fenómeno de la “crisis de la ley”, acuñado como tal en la literatura jurídica a partir de los años treinta, viene a levantar acta de estos problemas, que han tenido como consecuencia el impulso de los estudios de la legislación. Desde luego, no todas las aportaciones presentan idéntico enfoque y objetivos. Mientras algunas parecen detenerse en formular alguna concepción sobre la racionalidad legislativa, otras en cambio se centran en diseñar instrumentos o técnicas de mejora de las leyes, como sucede con los estudios del legislative drafting (redacción legislativa) y ello con independencia de que también estas aportaciones más “técnicas” revelen de modo más o menos explícito alguna noción de racionalidad legislativa y alguna propuesta para su desarrollo.
En cualquier caso, todas se hallarían recorridas por un juicio similar: la “urgente necesidad de poner en marcha todos los medios científicos, institucionales y materiales” para recuperar la calidad de los ordenamientos.
Esta es la lectura que se comentará en la clase de mañana jueves. Saludos Cordiales!
Esta es la lectura que se comentará en la clase de mañana jueves. Saludos Cordiales!